viernes, 15 de mayo de 2015

OPERADOR DE DRONES

Para ser OPERADOR (empresa) autorizado por AESA, y poder realizar operaciones con drones, hay que presentar a dicho organismo los siguientes documentos:
  1. Manual de Operaciones de la Aeronave: Procedimientos establecidos para poder volar la aeronave (dron). Cómo se organizan las operaciones de vuelo, responsabilidades, control y supervisión de las operaciones, cualificaciones requeridas, seguridad y salud, descripción de los trabajos aéreos, programas de entrenamiento, mantenimiento etc.
  2. Programa de mantenimiento de la aeronave: Revisiones y pruebas después del montaje, revisiones periódicas establecidas por el fabricante y directivas de aeronavegabilidad (en su caso, dron mayor de 25 Kg)
  3. Caracterización de la aeronave: Características del sistema  (dron, estación de control en tierra) en cuanto a su tamaño, peso, componentes y equipos. Actuaciones y limitaciones del dron (alcance, autonomía ...) y sistema de comunicaciones
  4. Informe de vuelos de prueba de la aeronave: Sobre los vuelos que reproduzcan los diferentes tipos de operaciones que se vayan a realizar, simulaciones de pérdida de radioenlace, procedimientos de emergencia.
  5. Estudio de seguridad aeronáutica: Evaluación de riesgos de la operación u operaciones que se vayan a realizar en cuanto a la probabilidad y severidad de que ocurra un accidente.
  6. Documentación correspondiente al piloto:
    1. Licencia/certificado
    2. Examen médico
  7. Formulario de registro de la aeronave: Una vez cumplimentados los puntos 1 a 6, hay que enviar la documentación a AESA junto con una "declaración responsable"de que se cumplen los requisitos anteriores. Para que el solicitante quede registrado como OPERADOR. AESA emitirá una conformidad que podrá ser:
    1. Si las operaciones son con drones menores de 25 Kg. Se comunicará a AESA con una antelación mínima de 5 días antes de la operación y AESA dará la confirmación con un acuse de recibo.
    2. Si el dron es mayor de 25 Kg. se presentará a AESA toda la documentación mas certificado de aeronavegabilidad, la declaración responsable y AESA tendrá que emitir AUTORIZACIÓN, para poder iniciar la actividad.
  8. Seguro o garantía financiera de la aeronave: Los drones tienen que estar asegurados para posibles daños a terceros y dependiendo del peso máximo en despegue que tengan se tendrá que hacer
    1. Seguro: para drones cuyo peso máximo al despegue (MTOM), sea superior a 20 Kg.
    2. Garantía financiera: para drones cuyo MTOM sea inferior a 20 Kg. 

martes, 7 de abril de 2015

LEGALIDAD: Pasos a seguir para poder pilotar drones legalmente

Últimamente los drones se han puesto "de moda", hasta tal punto que en las últimas Navidades fueron el regalo estrella.

Los grandes almacenes y superficies los han vendido como churros y la gente los ha comprado sin saber que para volar un dron hace falta algo mas que "habilidad" para manejarlos.

Lo primero que tiene que saber una persona que compra un dron, es que no se puede volar en cualquier sitio a su antojo y mucho menos hacer negocio con el.

Si el propietario del dron únicamente lo va a volar en sitios cerrados (con techo) el único permiso que debe tener es el del propietario del recinto. Únicamente advertirle que un dron no es un juguete, que las hélices giran a muchas revoluciones y que puede causar graves heridas a las personas.

Si se va a volar en sitios al aire libre, las restricciones aumentan considerablemente, incluso para los propietarios que se sacan la licencia oficial de pilotos RPA de AESA .


PASOS

1) Tener el certificado básico o el certificado avanzado de piloto  RPA, expedido por una organización (ATO) aprobada por AESA, para impartir un curso de piloto de aeronaves pilotadas por control remoto ( Listado de ATO aprobadas )

El curso avanzado: 1300 - 1400 € (asistencial), a distancia es más barato.


2) Obtener un certificado médico de clase LAPL para aeronaves con un peso menor de 25 Kg o de Clase 2 para aeronaves con un peso superior a 25 Kg.

Para el Clase 2 inicial: 130€, las renovaciones: 80€.


3) Otros requisitos: ser mayor de 18 años


4) Una vez cumplidos los requisitos anteriores se deberá acreditar que dispone de los conocimientos adecuados de la aeronave que va a pilotar y de su pilotaje, por medio de un documento que puede ser emitido por el operador, por el fabricante de la aeronave o una organización autorizada por éste, o por una organización de formación aprobada (ATO).



Si el piloto va a trabajar para un operador (empresa) acreditado por AESA, y la aeronave pertenece a ese operador, ya puede volar en las condiciones que exige AESA.

En el caso de que el piloto quiera trabajar como autónomo, necesitará hacerse OPERADOR autorizado por AESA. Para conseguir la autorización de AESA hay que presentar a dicho organismo los siguientes documentos:



  1. Manual de Operaciones de la Aeronave: Procedimientos establecidos para poder volar la aeronave (dron). Cómo se organizan las operaciones de vuelo, responsabilidades, control y supervisión de las operaciones, cualificaciones requeridas, seguridad y salud, descripción de los trabajos aéreos, programas de entrenamiento, mantenimiento etc.
  2. Programa de mantenimiento de la aeronave: Revisiones y pruebas después del montaje, revisiones periódicas establecidas por el fabricante y directivas de aeronavegabilidad (en su caso, dron mayor de 25 Kg)
  3. Caracterización de la aeronave: Características del sistema  (dron, estación de control en tierra) en cuanto a su tamaño, peso, componentes y equipos. Actuaciones y limitaciones del dron (alcance, autonomía ...) y sistema de comunicaciones
  4. Informe de vuelos de prueba de la aeronave: Sobre los vuelos que reproduzcan los diferentes tipos de operaciones que se vayan a realizar, simulaciones de pérdida de radioenlace, procedimientos de emergencia.
  5. Estudio de seguridad aeronáutica: Evaluación de riesgos de la operación u operaciones que se vayan a realizar en cuanto a la probabilidad y severidad de que ocurra un accidente.
  6. Documentación correspondiente al piloto:
    1. Licencia/certificado
    2. Examen médico
  7. Formulario de registro de la aeronave: Una vez cumplimentados los puntos 1 a 6, hay que enviar la documentación a AESA junto con una "declaración responsable"de que se cumplen los requisitos anteriores. Para que el solicitante quede registrado como OPERADOR. AESA emitirá una conformidad que podrá ser:
    1. Si las operaciones son con drones menores de 25 Kg. Se comunicará a AESA con una antelación mínima de 5 días antes de la operación y AESA dará la confirmación con un acuse de recibo.
    2. Si el dron es mayor de 25 Kg. se presentará a AESA toda la documentación mas certificado de aeronavegabilidad, la declaración responsable y AESA tendrá que emitir AUTORIZACIÓN, para poder iniciar la actividad.
  8. Seguro o garantía financiera de la aeronave: Los drones tienen que estar asegurados para posibles daños a terceros y dependiendo del peso máximo en despegue que tengan se tendrá que hacer
    1. Seguro: para drones cuyo peso máximo al despegue (MTOM), sea superior a 20 Kg.
    2. Garantía financiera: para drones cuyo MTOM sea inferior a 20 Kg. 






lunes, 6 de abril de 2015

DRONES PROFESIONALES

Desde hace relativamente, poco tiempo, se abrió  un nuevo tipo de operación aérea. Las operaciones aéreas con RPA (drones) profesionales.

La pretensión de éste blog es la de poner en conocimiento al publico en general, las posibilidades y limitaciones que tiene una operación aérea con drones.

También poner en contacto a las empresas y clientes particulares con los profesionales de este sector en auge.